Proceso Oral



Se trata de acoger gradualmente algunos principios del sistema oral como la inmediación, concentración; distribuyendo el proceso entre actos orales y actos escritos, según resulte más conveniente para el buen desarrollo del proceso y una eficaz aplicación de la justicia.

El proceso oral se entiende en la aplicación de los siguientes principios:

Predominio de la palabra como media de la expresión contemplada con el uso de escritos de preparación y documentación.

Si se mira sólo el elemento exterior de la oralidad y de la escritura puede conducir a equívocos en cuanto a la índole del proceso pues es difícil concebir un proceso escrito que no admita algún grado de oralidad y un proceso oral que no admita algún grado de escritura.

El principio de oralidad no puede entenderse como una discusión oral en la audiencia.

El desarrollo del procedimiento civil viene condicionado por la exigencia de mayor sencillez en los actos procesales dada la naturaleza de las cuestiones que son objeto de debate en esta jurisdicción, por la necesidad del incremento de la oralidad en los debates civiles a fin de aumentar la publicidad del proceso, el acceso de las partes y el impacto social de estos.

Dentro de las ventajas reconocidas a la oralidad podemos mencionar:

Menor formalidad,

Mayor rapidez,

Propicia la sencillez,

Aumenta la publicidad del proceso,

Al concentrarse las actuaciones se reducen las notificaciones, citaciones y otras diligencias,

Permite la relación directa del tribunal y las partes, lo que conduce a profundizar en cualquier aspecto que suscite duda.


El juez se convierte en un verdadero protagonista dentro del proceso.

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