LEY GENERAL DE POBLACIÓN (DERECHO MIGRATORIO)
Carlos Gabriel López Portillo Sánchez
OBJETO DE LA LEY GRAL DE POBLACIÓN Y A QUE DEPENDENCIA PÚBLICA LE COMPETE SU APLICACIÓN:
OBJETO DE LA LGP.- Su objeto es regular los fenómenos que
afectan a la población en cuanto a su volumen, estructura, dinámica y
distribución en el territorio nacional, con el fin de lograr que participe
justa y equitativamente de los beneficios del desarrollo económico y social.
Corresponde a las dependencias del Poder Ejecutivo y a las
demás entidades del Sector Público, según las atribuciones que les confieran
las leyes, la aplicación y ejecución de los procedimientos necesarios para la
realización de cada uno de los fines de la política demográfica nacional; pero
la definición de normas, las iniciativas de conjunto y la coordinación de
programas de dichas dependencias en materia demográfica, competen
exclusivamente a la Secretaría de Gobernación.
Derecho
migratorio
·
Ley General de población à 1974
·
Reglamento à 2000
Federación/orden
de población.
-
Objetivo: Regular los fenómenos que afectan a la población:
1.
Volumen
2.
Estructura
3.
Dinámica
4.
Distribución
-
Población: flujo migratorio, asuntos internacionales.
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