LEY GENERAL DE POBLACIÓN (DERECHO MIGRATORIO)

Carlos Gabriel López Portillo Sánchez


OBJETO DE LA LEY GRAL DE POBLACIÓN Y A QUE DEPENDENCIA PÚBLICA LE COMPETE SU APLICACIÓN:

OBJETO DE LA LGP.- Su objeto es regular los fenómenos que afectan a la población en cuanto a su volumen, estructura, dinámica y distribución en el territorio nacional, con el fin de lograr que participe justa y equitativamente de los beneficios del desarrollo económico y social.
Corresponde a las dependencias del Poder Ejecutivo y a las demás entidades del Sector Público, según las atribuciones que les confieran las leyes, la aplicación y ejecución de los procedimientos necesarios para la realización de cada uno de los fines de la política demográfica nacional; pero la definición de normas, las iniciativas de conjunto y la coordinación de programas de dichas dependencias en materia demográfica, competen exclusivamente a la Secretaría de Gobernación.
Derecho migratorio
·         Ley General de población à 1974
·         Reglamento à 2000
Federación/orden de población.
- Objetivo: Regular los fenómenos que afectan a la población:
1. Volumen
2. Estructura
3. Dinámica
4. Distribución
- Población: flujo migratorio, asuntos internacionales.

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