CONTRATOS CIVILES:


El contrato civil existe desde que uno o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.
Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a la ley, a la moral, ni a la buena fe.
Normalmente las relaciones de las personas en su vida privada se rigen por el derecho usual o derecho de la costumbre, y aun cuando todavía se realizan contratos verbales, muchos de ellos válidos, cada vez más se plasman por escrito esas relaciones y obligaciones entre las partes.



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