USUFRUCTO:
El usufructo es un derecho
real de goce o disfrute de una cosa ajena.
El código civil de España define este
derecho en su artículo 467 como "el derecho a disfrutar los bienes ajenos
con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de
su constitución o la ley autoricen otra cosa", Por consiguiente, la
persona titular del usufructo es mero tenedor respecto de la cosa, pero no su
dueño ni poseedor.
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