Antecedentes Históricos del Proceso
El proceso primitivo
de cualquier pueblo es similar al de los demás pueblos, ya sean los romanos o
los aztecas o cualquier otro, y tienen tintes de brutalidad, pero contaban con
organizaciones judiciales básicas o en algunos casos más detalladas.
El derecho procesal
no proviene únicamente de Roma, sino que ha recogido principios de Egipto,
roma, Grecia, de los aztecas, fenicia y todos los pueblos y culturas del mundo adaptándose
para emerger en lo que ahora conocemos.
Roma resulta ser
uno de los más importantes por la evolución de su derecho sistemático, y al ser
un pueblo jurista y guerrero, su ideología prevaleció en muchos aspectos,
incluso gran cantidad de sus instituciones aún son precedentes de las actuales.
Los magistrados o
pretores, por ejemplo, son el antecedente de los actuales jueces, sin embargo,
existen antecedentes aún más antiguos, como los que encontramos en el pueblo
Israelita, miles de años antes de la existencia de Roma, dice el libro de los
Jueces, que Jetro, Suegro de Moisés, al efectuar una visita a su yerno, después
de la salida del pueblo Israelita de Egipto, en el que Moisés únicamente impartía
Justicia sobre los conflictos que se suscitaban entre ellos, que propuso la instauración
de que ancianos resolvieran los litigios, generando una especialización
primitiva en cuanto a cuantía e ilustro brevemente a efecto de establecer
grafica e históricamente como es que las figuras e instituciones se han
desarrollado desde tiempos sumamente antiguos, en incluso existirán precedentes
a estos, como es el caso de los egipcios.
El éxodo israelí
tomó lugar 480 años antes de “el cuarto año del reinado de Salomón sobre
Israel”. Desde ese año fueron 966 A.C., se ha sostenido tradicionalmente que el
éxodo ocurrió en 1446 A.C.
Libro bíblico
del Éxodo Capitulo 18
Nombramiento
de jueces
13 al día
siguiente, sucedió que Moisés se sentó a juzgar al pueblo, y el pueblo estuvo
delante de Moisés desde la mañana hasta la tarde. 14 al ver el
suegro de Moisés todo lo que éste hacía con el pueblo, dijo:
«¿Qué
es lo que estás haciendo con el pueblo? ¿Por qué te sientas tú solo, mientras
todo el pueblo se queda delante de ti desde la mañana hasta la tarde?»
15 Moisés
le respondió a su suegro:
«Es que
el pueblo viene a mí para consultar a Dios. 16 cuando tienen
problemas, vienen a mí; entonces yo juzgo entre el uno y el otro, y les doy a
conocer las ordenanzas y leyes de Dios.»
17 pero el
suegro de Moisés le dijo:
«Esto
que haces no está bien, 18 pues te cansarás tú, y también se
cansará este pueblo. Este trabajo es demasiado pesado para ti, y no vas a poder
hacerlo tú solo. 19 préstame atención, que voy a darte un
consejo, y que Dios te acompañe. Preséntate ante Dios en lugar del pueblo, y
somete a su juicio todos los problemas. 20 enséñales a ellos
las ordenanzas y las leyes, e indícales cómo deben conducirse, y qué deben
hacer. 21 además, escoge de entre el pueblo algunos hombres
respetables y temerosos de Dios, confiables y nada ambiciosos, y ponlos al
frente de grupos de mil, cien, cincuenta y diez personas. 22 que
se ocupen ellos de juzgar al pueblo en todo momento, que dicten sentencia en
cuestiones menores, y que a ti te remitan todo asunto de gravedad. Así
aligerarás tu carga, pues ellos la llevarán contigo. 23 si
haces esto, y Dios así te lo ordena, podrás resistir; además, todo el pueblo
volverá tranquilo a su casa.»
Lo anterior
es solo una referencia que decidí plantear para ilustrar antecedentes más
antiguos que los que nos son enseñados en las universidades.
Los
germánicos por su parte procuraron proteger los intereses de la colectividad
sobre los individuos, a diferencia de los romanos que protegían los derechos de
los individuos sobre los de la colectividad, con este choque de ideas se inició
el proceso medieval, que tenía como característica, el ser público.
En Italia, se
fusionaron las ideas germánicas y romanas y tiene peculiaridades que habran de
ser abordadas en otra obra, sin embargo, baste señalar que era lento, por lo
que se implementaron procedimientos más veloces aligerando formalidades, generando
con ellos antecedentes de los procesos sumarios.
En España por
su parte, a pesar de que los antecedentes de procesos se proyectan por más de
10 siglos con múltiples influencias culturales, resulta ser una mezcla del
derecho romano y el germánico, que generó el fuero juzgo que tuvo poca aplicación,
pero mostró ser un gran antecedente de derecho humanitario y se generaron leyes
procesales que son precedentes de muchas legislaciones en toda América latina.
Con la
revolución francesa, la filosofía de grandes pensadores sentó bases de los
derechos humanos, rompiendo privilegios y exaltando la libertad de los
individuos, limitando a los órganos estatales a efectuar únicamente lo que la
ley expresamente les facultaba, codificándose las normas jurídicas, y con ello,
generándose legislación sustantiva y adjetiva por separado, aunque existen
otros antecedentes, los generados en Francia son los que crearon mayor
repercusión en el mundo.
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