DEFINICIÓN DE INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA E INVERSIÓN EXTRANJERA INDIRECTA.
1.
Carlos Gabriel López Portillo Sánchez
Art. 2 Ley de Inversión extranjera
a) La participación de inversionistas extranjeros, en
cualquier proporción, en el capital social de sociedades mexicanas. - Cualquier
inversionista extranjero que invierta su capital, no especifica si sea persona
moral o física
b) La realizada por sociedades mexicanas con mayoría de
capital extranjero.-
c) La participación de inversionistas extranjeros en las
actividades y actos contemplados por esta Ley.
Existe
la inversión extranjera directa y la indirecta
Inversión
Extranjera Directa.- Es todo movimiento
de capital que ingresa a un país y que incluye la posesión y control del mas
del 10% del activo de esa inversión. Es aquella que se materializa. Esta
inversión genera empleos además de que implica transferencia de tecnología,
coinversión, genera mayor demanda de insumos nacionales, genera más impuestos.
Inversión
Extranjera Indirecta.- En esta tiene que representar menos del 10% del activo.
Es aquella que se le conoce como capital “golondrino” esto quiere decir que no
queda materializada, puede entrar y así mismo salir enseguida.
·
Formas de concretar la Inversión Extranjera
a)
Establecimiento de empresa extranjera en México
- Sucursal/oficinas o representación: à Con
ingreso -- secretaria de economía -- Registro público de comercio -- SHCP
à Sin
ingresos – Secretaria de Economía – SHCP
b)
Establecimiento de una sociedad mexicana.
1.
SER- permiso denominación
2.
Protocolización notaria/corredor:
- Clausula de exclusión de
extranjeros
- Clausula de admisión de
extranjeros (clausula calvo)
3.
Alta ante la SHCP
4.
Inscrito en el Registro Público de Comercio
5.
Registro den el RNIE (Registro Nacional de
Inversión Extranjera)
c)
Participando en actividades limitadas o
restringidas por la ley de inversión extranjera.
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