Delitos en contra de las personas en su Patrimonio: robo

    La noción legal del robo tiene su fundamento en el artículo 367 del Código Penal Federal (CPF), en donde se define que: “Comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella con arreglo a la ley.” (2020).

Este delito tiene dos modalidades, estipuladas en el artículo 373 del CPF: robo con violencia física y el robo con violencia moral; la primera involucra la fuerza material, mientras que en el segundo consta de amenazas por parte del ladrón que logren intimidar al sujeto pasivo, quien puede ser cualquier persona física y moral, debido a la naturaleza del bien jurídico que se tutela que puede corresponder a cualquier de las entidades jurídicas antes mencionadas. Por otro lado, el sujeto activo puede ser cualquier persona física pues no existe calidad específica en la legislación.




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