JUICIOS MERCANTILES cdmx.
“Son
juicios mercantiles los que tienen por objeto ventilar y decidir controversias
que conforme a los artículos 4,75 y 76 del Código de Comercio se deriven de
actos comerciales. Los juicios mercantiles se encuentran regulados en el libro
quinto del Código de Comercio, esto es a partir del artículo 1049 al 1414 de la
ley citada. Luego entonces, un juicio será mercantil si la controversia se
deriva de actos de comercio, en los términos de los artículos 4, 75 y 76 del código
de comercio.”
SE DIVIDEN EN:
Ordinarios, Orales, Ejecutivos, Especiales. Según el ARTÍCULO 1055 CÓDIGO DE COMERCIO.
Los juicios
mercantiles tienen su regulación jurídica en la ley mercantil, pero si esta es
omisa o reglamenta incompletamente su tramitación, procede la aplicación
supletoria de los códigos de procedimientos civiles de los estados, tal como lo
dispone el artículo 1054 del C. de Comercio.
§
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