Proceso para adoptar
1.- Acudir a la
Dirección de Adopciones de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas,
Niños y Adolescentes, a fin de solicitar la Ficha de Inscripción al Curso de
Inducción a solicitantes de adopción.
2.- Asistir al
Curso de Inducción, acreditar el 100 % para que se expida una Constancia de
Asistencia. A partir de entonces se tendrán 2 meses a efecto de integrar y
entregar su expediente.
3.- Una vez recibido el expediente
en el área de adopciones del SNDIF, se les proporcionará la Solicitud de
Adopción.
4.- Entonces se
establecerán las fechas de las valoraciones, entrevistas y visitas
domiciliarias que se realizarán durante el procedimiento.
5.- Una vez concluidas las
evaluaciones psicológicas y socioeconómicas, los profesionistas del SNDIF
elaborarán un informe psicosocial el cual será sometido a consideración de los
integrantes del Comité Técnico de Adopción del SNDIF, cuya finalidad es, entre
otras, analizar y determinar la expedición o no del Certificado de Idoneidad,
revaloración o baja de las solicitudes de adopción.
6.- La decisión de Comité
Técnico de Adopción se notificará por escrito y personalmente a los
solicitantes, informando las causas de dicha determinación, así como dando la
orientación necesaria.
7.- En caso de
determinar la aprobación del Certificado de Idoneidad los solicitantes ingresan
a una lista de espera para la asignación de un menor.
8.- La asignación del menor se
llevará a cabo a través de una Sesión de Asignación con los integrantes del
Comité Técnico de Adopción, la cual se realizará atendiendo las necesidades e
interés superior del menor que se encuentre liberado jurídicamente y al perfil
psicosocial de los solicitantes.
9.- La Asignación se
notificará a los solicitantes de manera personal.
10.- La Dirección
de Adopciones de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y
Adolescentes, enviará el expediente a la Dirección General de Integración
Social, conforme al rango de edad solicitado por los futuros padres adoptivos.
11.- A los futuros padres se les
proporcionará el Informe de Adoptabilidad el cual contiene la situación médica,
jurídica, psicológica, social y pedagógica del menor.
12.- Aceptada la asignación por
los solicitantes, la Dirección General de Integración Social programará previo
consentimiento del menor (a partir de su edad y grado de madurez), la
presentación física.
13.- Se dará inicio al periodo
de convivencias entre éstos, siendo dichas convivencias en un primer momento en
el Centro donde el menor se encuentra albergado y posteriormente fuera del
centro con el seguimiento y supervisión adecuados, esto para evaluar el grado
de compatibilidad que existe entre ambas partes. Si la convivencia resulta
satisfactoria, se iniciará el procedimiento judicial de adopción.
14.- El juez
valorará si los solicitantes cumplen con los requisitos establecidos en la
legislación vigente, de acuerdo con las pruebas presentadas, y dictará
sentencia decretando la adopción, y una vez que esta cause ejecutoria, girará
oficio al Registro Civil para que éste emita la nueva acta de nacimiento del
menor adoptado.
15.- El seguimiento
postadoptivo es requerido a efecto de valorar la adaptación del menor a la
nueva familia y al entorno, así como conocer la evolución de su desarrollo en
todos los aspectos. Estos se llevarán a cabo durante 2 años cada 6 meses.
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