PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS (MEDIDAS CAUTELARES).

 Son instrumentos que puede decretar el juzgador a solicitud de la parte interesada, ya sea antes de iniciarse el proceso o durante su tramitación, esto con la finalidad de evitar que la sentencia que se dicte sea de imposible ejecución o se cause un daño irreparable. Dé acuerdo con el tiempo de su interposición podemos dividirlas en prejudiciales y judiciales.



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